¿CÓMO PUEDO RECLAMAR LA MITAD DE LAS CUOTAS DE LA HIPOTECA SI LAS HE PAGADO YO SOLO?
En primer lugar, debes saber que el artículo 1.145.2º del Código Civil permite reclamar al codeudor del préstamo la mitad de cada cuota que no abonó, con los intereses correspondientes. ¿Qué debemos hacer? 1º) Contacta con un abogado para que se encargue de comunicar por burofax al cotitular del préstamo la deuda que mantiene contigo





